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Lo establecido sobre las pensiones y jubilaciones para el personal del SNS, MSP e IDSS

Sobre las pensiones y jubilaciones para el personal del Servicio Nacional de Salud, Ministerio de Salud Pública e Instituto Dominicano de Seguros Sociales.

1.El Ejecutivo Nacional emitirá un Decreto mediante el cual se pensiona con su último salario completo y todos los incentivos (excepto docencia) al personal asistencial y administrativo del Servicio Nacional de Salud (SNS), del Ministerio de Salud Pública (MSP) y del Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) que cumplan uno de los siguientes criterios: a) personas con 65 años o más de edad y 20 años de antigüedad; b) personas con 35 años o más de servicio; c) personas con condiciones desfavorables de salud.

2. Para dichos pensionados, se acordará un Plan Especial de seguro de salud, a ser financiado mediante aportes de cada pensionado y administrado por el SENASA.

3. Se elaborará en forma conjunta un Proyecto de Ley que establezca para los empleados del Servicio Nacional de Salud, del Ministerio de Salud Pública y del Instituto Dominicano de Seguros Sociales el derecho a pensión con el salario completo y totalidad de incentivos, sujeto a estudios económicos, financieros y actuariales que se realizarán para dichos fines.

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