El Servicio Nacional de Salud, creada en fecha 16 de julio del año 2015, mediante la Ley 123-15 es una entidad pública, provista de personalidad jurídica, con autonomía administrativa, financiera y técnica y patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
El Servicio Nacional de Salud (SNS) tiene como propósito asegurar la efectividad, técnica, administrativa y financiera de los Servicios Regionales de Salud.
Niveles Organizativos y Funcionales
Estructuralmente está constituido por tres (3) niveles organizativos y funcionales, para cubrir las necesidades en términos de salud, de más de 10 millones de ciudadanos y ciudadanas con derecho a la salud.
- Nivel Central, que tiene función de gestión de todos los servicios regionales de salud
- Nivel Regional, estructurado por Nueve (9) Servicios Regionales de Salud (SRS) quienes a su vez se constituyen en los servicios de atención de carácter público.
- Nivel Operativo, que tiene función de provisión de los servicios de salud a la población.
Funciones Principales
- Promover y coordinar el fortalecimiento y desarrollo de los Servicios Regionales de Salud
- Evaluar el cumplimiento de los requisitos para los Servicios Regionales de Salud obtener la autonomía administrativa y financiera y proponer al Ministerio de Salud Pública su habilitación.
- Coordinar y asistir técnicamente a los Servicios Regionales de Salud en la formulación e implementación de sus planes de desarrollo y en su funcionamiento, enfatizando en la articulación de los diferentes niveles de complejidad de la atención y la cartera de servicios, con equidad, accesibilidad, efectividad y calidad en la provisión, en correspondencia con el marco legal vigente y las políticas y planes trazados por el Ministerio de Salud Pública para el sector salud.
- Establecer, en coordinación con las disposiciones dictadas por el Ministerio de Administración Pública y el marco legal vigente, el modelo de estructura organizacional y de funcionamiento para los Servicios Regionales de Salud; así como, los manuales e instrumentos operativos, técnicos, administrativos, de orden clínico y otros que se requieran, de común aplicación.
- Promover y supervisar la aplicación del modelo de Red de los Servicios Regionales de Salud y sus manuales de operación, para una oferta de servicio de base poblacional, orientada a la demanda, con criterios de racionalidad e integridad en el manejo de los servicios, y los recursos, con base en el Plan Decenal de Salud, el Modelo de Atención y las prioridades que establezca el Ministerio de Salud Pública, en su accionar como máxima autoridad sanitaria nacional.
- Promover e impulsar el proceso de cambio, modernización y mejoramiento continúo de los prestadores públicos de servicios de salud que conforman los Servicios Regionales de Salud.
- Establecer criterios, normas e instrumentos complementarios para realizar y evaluar los procesos de negociación de todas las relaciones contractuales que se establezcan para el financiamiento de los prestadores de servicios de salud públicos (compra y venta de servicios) en correspondencia con los requerimientos que establezca el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social en calidad de ente rector.
- Desarrollar y mantener los sistemas de información para la toma de decisiones conforme a los reglamentos y disposiciones que establezca el rector del sector salud.
- Establecer regulaciones complementarias para la supervisión y el apoyo al desarrollo de los Servicios Regionales de Salud y redes de servicios de atención y de diagnóstico y tratamiento, a la vez que defina los modelos de supervisión, monitoreo y evaluación del cumplimiento de estas regulaciones.
- Asegurar que los Servicios Regionales de Salud mantengan actualizadas las necesidades de atención de salud de su población asignada, en estrecha coordinación y bajo las normativas definidas por el Ministerio de Salud Pública, en sus órganos centrales y desconcentrados, con miras a establecer estrategias operativas de intervención, en el marco del cumplimiento de los convenios de gestión.
- Impulsar y gestionar programas de gestión de calidad, equidad y acceso de los servicios de salud, y el desarrollo armónico y proporcional de los Servicio Regionales de Salud.
Misión
Contribuir con la salud de la población y satisfacción de los usuarios, a través de la provisión de los servicios públicos de salud organizados en redes integradas.
Visión
Ser reconocidos por la población como una red efectiva y con calidad en la provisión de servicios integrales de salud, mediante una atención humanizada y eficaz.
Valores Institucionales
- Equidad: Brindamos nuestros servicios de salud y oportunidades, acorde a las necesidades de a quienes servimos.
- Transparencia: Manejamos con honestidad y pulcritud los recursos de que disponemos y los procesos internos, abiertos siempre al escrutinio público.
- Calidez: Mantenemos un ambiente laboral agradable, acogedor y familiar para todos nuestros usuarios y colaboradores.
- Compromiso: Realizamos nuestras responsabilidades con calidad y entusiasmo por encima de las expectativas
Política de Calidad del Servicio Nacional de Salud (GC-PI-001 V1)
El Servicio Nacional de Salud se compromete a asegurar la calidad de la prestación de los servicios de salud, bajo criterios de equidad y accesibilidad, aplicando una gestión basada en la excelencia, mejora continua de los procesos y fortalecimiento de los SRS, actuando con transparencia en apego a las leyes y reglamentos que rigen el sector salud, superando así las expectativas y necesidades de las personas familias y comunidades.
Objetivos de Calidad:
- Garantizar el acceso a la provisión de servicios de salud de calidad asegurando la efectividad y la eficiencia bajo un ambiente de equidad y transparencia.
- Propiciar la satisfacción de los usuarios a través del desarrollo de una cultura de excelencia y fortalecimiento de los canales de comunicación que permitan una identificación permanente de las necesidades de los usuarios y oportunidades de mejora.
- Consolidar los procesos institucionales para el desarrollo de una cultura de innovación y mejora continua de los procesos.
- Fortalecer técnicamente a los SRS desde Nivel central.
Consejo Directivo
- El Ministro de Salud Pública, quien lo presidirá.
- El Gerente General del Sistema Dominicano de Seguridad Social.
- Un representante del Ministerio de Hacienda.
- Un representante del Ministerio de la Presidencia.
- Un representante de los Servicios Regionales de Salud, con voz, pero sin voto.
- Un representante de la Dirección de Información y Defensa.
- Un representante de la Dirección General de Presupuesto.
- El Director Ejecutivo del SNS, quien está llamado a actuar como Secretario Técnico del Consejo Directivo, con voz pero sin voto.