El Servicio Nacional de Salud, creada en fecha 16 de julio  del año 2015, mediante  la Ley 123-15 es una entidad pública, provista de personalidad jurídica, con autonomía administrativa, financiera y técnica y patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

El Servicio Nacional de Salud (SNS) tiene como propósito asegurar la efectividad, técnica, administrativa y financiera de los Servicios Regionales de Salud.


Niveles Organizativos y Funcionales

Estructuralmente está constituido por tres (3) niveles organizativos y funcionales, para cubrir las necesidades en términos de salud, de más de 10 millones de ciudadanos y ciudadanas con derecho a la salud.

  1. Nivel Central, que tiene función de gestión de todos los servicios regionales de salud
  2. Nivel Regional, estructurado por Nueve (9) Servicios Regionales de Salud (SRS) quienes a su vez se constituyen en  los servicios de atención de carácter público.
  3. Nivel Operativo, que tiene función de provisión de los servicios de salud a la población.

Funciones Principales
  • Promover y coordinar el fortalecimiento y desarrollo de los Servicios Regionales de Salud
  • Evaluar el cumplimiento de los requisitos para los Servicios Regionales de Salud obtener la autonomía administrativa y financiera y proponer al Ministerio de Salud Pública su habilitación.
  • Coordinar y asistir técnicamente a los Servicios Regionales de Salud en la formulación e implementación de sus planes de desarrollo y en su funcionamiento, enfatizando en la articulación de los diferentes niveles de complejidad de la atención y la cartera de servicios, con equidad, accesibilidad, efectividad y calidad en la provisión, en correspondencia con el marco legal vigente y las políticas y planes trazados por el Ministerio de Salud Pública para el sector salud.
  • Establecer, en coordinación con las disposiciones dictadas por el Ministerio de Administración Pública y el marco legal vigente, el modelo de estructura organizacional y de funcionamiento para los Servicios Regionales de Salud; así como, los manuales e instrumentos operativos, técnicos, administrativos, de orden clínico y otros que se requieran, de común aplicación.
  • Promover y supervisar la aplicación del modelo de Red de los Servicios Regionales de Salud y sus manuales de operación, para una oferta de servicio de base poblacional, orientada a la demanda, con criterios de racionalidad e integridad en el manejo de los servicios, y los recursos, con base en el Plan Decenal de Salud, el Modelo de Atención y las prioridades que establezca el Ministerio de Salud Pública, en su accionar como máxima autoridad sanitaria nacional.
  • Promover e impulsar el proceso de cambio, modernización y mejoramiento continúo de los prestadores públicos de servicios de salud que conforman los Servicios Regionales de Salud.
  • Establecer criterios, normas e instrumentos complementarios para realizar y evaluar los procesos de negociación de todas las relaciones contractuales que se establezcan para el financiamiento de los prestadores de servicios de salud públicos (compra y venta de servicios) en correspondencia con los requerimientos que establezca el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social en calidad de ente rector.
  • Desarrollar y mantener los sistemas de información para la toma de decisiones conforme a los reglamentos y disposiciones que establezca el rector del sector salud.
  • Establecer regulaciones complementarias para la supervisión y el apoyo al desarrollo de los Servicios Regionales de Salud y redes de servicios de atención y de diagnóstico y tratamiento, a la vez que defina los modelos de supervisión, monitoreo y evaluación del cumplimiento de estas regulaciones.
  • Asegurar que los Servicios Regionales de Salud mantengan actualizadas las necesidades de atención de salud de su población asignada, en estrecha coordinación y bajo las normativas definidas por el Ministerio de Salud Pública, en sus órganos centrales y desconcentrados, con miras a establecer estrategias operativas de intervención, en el marco del cumplimiento de los convenios de gestión.
  • Impulsar y gestionar programas de gestión de calidad, equidad y acceso de los servicios de salud, y el desarrollo armónico y proporcional de los Servicio Regionales de Salud.

Misión

Contribuir con la salud de la población y satisfacción de los usuarios, a través de la provisión de los servicios públicos de salud organizados en redes integradas. 


Visión

Ser reconocidos por la población como una red efectiva y con calidad en la provisión de servicios integrales de salud, mediante una atención humanizada y eficaz.


Valores Institucionales

  • Equidad: Brindamos nuestros servicios de salud y oportunidades, acorde a las necesidades de a quienes servimos. 
  • Transparencia: Manejamos con honestidad y pulcritud los recursos de que disponemos y los procesos internos, abiertos siempre al escrutinio público. 
  • Calidez: Mantenemos un ambiente laboral agradable, acogedor y familiar para todos nuestros usuarios y colaboradores. 
  • Compromiso: Realizamos nuestras responsabilidades con calidad y entusiasmo por encima de las expectativas

Política de Calidad del Servicio Nacional de Salud (GC-PI-001 V1)

El Servicio Nacional de Salud se compromete a asegurar la calidad de la prestación de los servicios de salud, bajo criterios de equidad y accesibilidad, aplicando una gestión basada en la excelencia, mejora continua de los procesos y fortalecimiento de los SRS, actuando con transparencia en apego a las leyes y reglamentos que rigen el sector salud, superando así las expectativas y necesidades de las personas familias y comunidades.


Objetivos de Calidad:

  • Garantizar el acceso a la provisión de servicios de salud de calidad asegurando la efectividad y la eficiencia bajo un ambiente de equidad y transparencia.
  • Propiciar la satisfacción de los usuarios a través del desarrollo de una cultura de excelencia y fortalecimiento de los canales de comunicación que permitan una identificación permanente de las necesidades de los usuarios y oportunidades de mejora.
  • Consolidar los procesos institucionales para el desarrollo de una cultura de innovación y mejora continua de los procesos.
  • Fortalecer técnicamente a los SRS desde Nivel central.

Consejo Directivo

  1. El Ministro de Salud Pública, quien lo presidirá.
  2. El Gerente General del Sistema Dominicano de Seguridad Social.
  3. Un representante del Ministerio de Hacienda.
  4. Un representante del Ministerio de la Presidencia.
  5. Un representante de los Servicios Regionales de Salud, con voz, pero sin voto.
  6. Un representante de la Dirección de Información y Defensa.
  7. Un representante de la Dirección General de Presupuesto.
  8. El Director Ejecutivo del SNS, quien está llamado a actuar como Secretario Técnico del Consejo Directivo, con voz pero sin voto.