Acuerdo entre el gobierno y los gremios de trabajadores de la salud

ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO NACIONAL Y LOS GREMIOS DE TRABAJADORES DE LA SALUD

 

En el marco del diálogo sostenido entre los representantes del Gobierno Nacional y los representantes de los gremios médicos, realizado  entre los meses de abril a noviembre del presente año 2016, en la sede de la Rectoría de la Universidad Católica de Santo Domingo, con la participación del Padre Jesús Castro, Rector de la UCSD, como facilitador, y de los doctores. Julio Castaños Guzmán, José Joaquín Puello y Amauris García, en calidad de testigos, los abajo firmantes hemos llegado al siguiente acuerdo.

ACUERDO

Por el Desarrollo del Sistema Nacional de Salud en Beneficio de la Población y de Mejores Condiciones de Trabajo y de Vida para los Trabajadores de la Salud

La salud es un derecho humano y un derecho constitucional de las personas, por lo cual mejorar el sistema de salud es un requisito básico para continuar avanzando hacia un modelo de desarrollo centrado en las personas, las familias y las comunidades. La protección social del derecho a la salud es un deber del Estado, de la sociedad y de cada uno de nosotros.

El derecho a la salud de las personas debe ser el eje fundamental de toda política pública del sector, por lo cual, el bienestar de la ciudadanía está por encima de todo interés particular.

Por consiguiente, el objetivo del diálogo iniciado el pasado 14 de abril de 2016 siempre ha sido avanzar juntos en la reforma global de la salud dominicana que necesita y demanda nuestro pueblo, y que deberá traducirse en mejoras sustanciales en la atención, así como en las condiciones de trabajo del sector.

Convencidos de estos fundamentos, reiteramos nuestro compromiso en promover la reforma del sector salud que enfatice la promoción, prevención, restauración y rehabilitación de la salud.

Somos conscientes de que nuestro Sistema de Salud, público, privado y de asociaciones sin fines de lucro, y nuestra seguridad social, no obstante los importantes esfuerzos realizados y los avances alcanzados, adolecen de importantes deficiencias y deformaciones que afectan negativamente las condiciones de vida y de salud de la población.

En ese sentido, el Gobierno Nacional y los profesionales y trabajadores del sector salud, coincidimos en que para superar estas deficiencias y deformidades acumuladas, y para acelerar los avances hacia los objetivos de garantizar mejores servicios de salud a la población, es necesario:

  • Profundizar las reformas del sistema de salud, público, privado y de asociaciones sin fines de lucro.
  • Desarrollar un modelo de atención integral, organizado por niveles adecuadamente articulados, con un mayor desarrollo del primer nivel de atención de salud familiar y comunitaria.
  • Crear condiciones que favorezcan cerrar las brechas de recursos humanos calificados en los territorios y las comunidades menos favorecidas.
  • Acelerar la conformación de la Red Única de Servicios Públicos, con servicios más eficientes y con mayor autonomía en la gestión de los recursos.
  • Innovar para superar las deficiencias y deformidades en el aseguramiento en salud.
  • Mejorar las condiciones de vida y de trabajo de los profesionales y otros trabajadores del sector salud.
  • Desarrollar una política salarial que supere los desequilibrios, reconozca los méritos y estimule el buen desempeño de los profesionales y trabajadores en general, en beneficio de la calidad y los resultados de los servicios para la población.

Convencidos que el trabajo conjunto entre las autoridades nacionales, los profesionales y trabajadores es la mejor oportunidad para alcanzar el necesario desarrollo del Sistema Nacional de Salud y la protección social del derecho a la salud de toda la población, hemos consensuado y nos comprometemos a realizar los siguientes acuerdos específicos:

  1. Sobre las pensiones y jubilaciones para el personal del Servicio Nacional de Salud, Ministerio de Salud Pública e Instituto Dominicano de Seguros Sociales

 El Ejecutivo Nacional emitió un Decreto mediante el cual se pensiona con su último salario completo y todos los incentivos (excepto docencia) al personal asistencial y administrativo del Servicio Nacional de Salud (SNS), del Ministerio de Salud Pública (MSP) y del Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) que cumplan uno de los siguientes criterios: a) personas con 65 años o más de edad y 20 años de antigüedad; b) personas con 35 años o más de servicio; c) personas con condiciones desfavorables de salud.

  1. Para dichos pensionados, se acordará un Plan Especial de seguro de salud, a ser financiado mediante aportes de cada pensionado y administrado por el SENASA o por la ARS del Colegio Médico Dominicano. Los médicos pensionados continuarán en la ARS CMD siempre y cuando estén de acuerdo.
  2. Se elaborará en forma conjunta un Proyecto de Ley que establezca para los empleados del Servicio Nacional de Salud, del Ministerio de Salud Pública y del Instituto Dominicano de Seguros Sociales el derecho a pensión con el salario completo y totalidad de incentivos, sujeto a estudios económicos, financieros y actuariales que se realizarán para dichos fines, y se depositará en la primera legislatura del año 2017. La presentación de este anteproyecto de ley estará sujeto a que se muestre la viabilidad del mismo.
  3. Los firmantes del presente acuerdo se comprometen a discutir y evaluar vías de solución para aquellos médicos pensionados mediante los Decretos 208-16, 209-16 y 210-16, del 23 de agosto 2016, y que laboran en otras entidades del Estado diferentes al IDSS, MSP y el Servicio Nacional de Salud, para que no reduzcan sus ingresos actuales.
  4. Los aquí firmantes nos comprometemos a realizar las labores de identificación de los casos de médicos pensionados mediante los Decretos 208-16, 209-16 y 210-16, del 23 de agosto 2016, que tenían una pensión del Estado anterior, a los fines de corregir el monto de la pensión para reconocer la pensión anterior y sumársela a la actual.
  1. Sobre el desarrollo de la Red Única de Servicios Públicos de Salud y la integración de los servicios y cargos del Instituto Dominicano de Seguros Sociales y del Servicio Nacional de Salud.

 Todos los participantes en este diálogo consideramos de gran interés nacional y declaramos que el desarrollo de la Red Única Pública del  Servicio Nacional de Salud, de acuerdo con la plena aplicación de la Ley 123-15, promulgada el 16 de julio del 2015, constituye un importante avance para fortalecer la separación de funciones y para el mejor desarrollo del Sistema de Salud, de acuerdo con la Ley General de Salud No. 42-01 y la Ley del Sistema Dominicano de Seguridad Social No. 87-01, para beneficio de la salud de la población de la República Dominicana.

  1. Declaramos nuestro común interés y compromiso de promover el desarrollo de la Red Única de Servicios Públicos de Salud del Servicio Nacional de Salud.
  2. La Red Única se desarrollará con base en el Nuevo Modelo de Atención establecido por la Resolución 000026 del Ministerio de Salud Pública, de fecha 08 de diciembre del 2014, con carácter integral, para el fortalecimiento de la promoción y prevención de la salud, fortalecimiento del primer nivel y la atención de emergencias, y con servicios en forma de redes en los diferentes niveles de atención.
  3. El desarrollo de la Red Única de Servicios Públicos de Salud incluirá la unificación de los puestos de trabajo y salarios de aquellos trabajadores de salud que en la actualidad laboren en el Servicio Nacional de Salud y en el Instituto Dominicano de Seguros Sociales. En la unificación del salario, se incluirán los complementos fijos establecidos en el 2005, los cuales actualmente están tipificados como “incentivo por desempeño”. Los incentivos se aplicarán al salario unificado. Estos empleados que actualmente tienen dos empleos, al unificarlos laborarán jornadas laborales de tiempo completo de 8 horas diarias (40 semanales) en una jornada continua o dos tandas de 4 horas, según la legislación vigente.
  4. Se reconocerán los derechos adquiridos de todo el personal. Ningún trabajador de la salud será cancelado por el proceso de unificación, salvo que existieran causales justificadas según el ordenamiento jurídico y legal.
  5. Las organizaciones colegiadas, gremiales y asociaciones que agrupan a los actuales trabajadores del IDSS y SNS continuarán representándolos, siempre que sea la voluntad de sus integrantes. En el proceso de desarrollo e implementación de la Red Única de Servicios de Salud, se incluirán representantes de los colegios, gremios y asociaciones que agrupan los trabajadores de salud del IDSS, MSP y SNS, según la temática que se corresponda.
  6. La unificación de los puestos de trabajo se realizará bajo criterios predominantemente técnicos y de necesidades de los centros de salud, y se considerará, en la medida de lo posible, las preferencias del trabajador involucrado en cuanto al lugar de trabajo. En dicho proceso se dará participación a los representantes de los trabajadores acordados.
  7. En caso de discrepancia entre la preferencia del trabajador y la del Servicio Nacional de Salud, se aplicarán los siguientes criterios: en primer lugar, se reubicará en uno de los establecimientos en los que trabaja, en segundo lugar se reubicará en la misma provincia donde trabaja y en tercero, de acuerdo al lugar donde reside.
  8. Los representantes del Gobierno y de los gremios de trabajadores de la salud consideramos de alto interés, para la protección social de la salud de la población, el establecimiento de mecanismos que permitan el monitoreo y evaluación del cumplimiento, los resultados y la calidad del trabajo, así como el desarrollo de un sistema nacional de aseguramiento de la calidad y de la seguridad de los pacientes, en todos los establecimientos y servicios de la Red Única de Servicios Públicos del Servicio Nacional de Salud.
  9. Para el desarrollo de una Red Única Pública de calidad y eficiencia, los aquí firmantes reconocemos que es responsabilidad del director de cada centro de salud de la Red Pública velar por el cumplimiento estricto de la asistencia diaria y la calidad del trabajo según lo establecido, con los incentivos que aplica al buen cumplimiento y las consecuencias en caso de incumplimiento.
  1. Sobre una política salarial que reconoce los méritos y estimula el buen desempeño y resultados en beneficio de la población

 La política salarial a implementar en el Servicio Nacional de Salud será unificada y, además de mejorar las remuneraciones del personal, favorecerá el logro de los principales objetivos del sistema de salud dominicano de atención eficiente, oportuna y con calidad a la población.

  1. Por consiguiente, la política salarial a implementar tendrá los siguientes objetivos:
  • Mejorar la eficiencia en la gestión hospitalaria y la calidad de los servicios a la población.
  • Apoyar la implementación del nuevo modelo de atención integral y por niveles, y estimular la incorporación de personal en los servicios del primer nivel de atención, y en los territorios y comunidades menos favorecidas.
  • Estimular el cumplimiento de la jornada laboral, así como reconocer el buen desempeño y los resultados producidos por el personal.
  • Establecer un sistema de monitoreo y evaluación de méritos por buen desempeño y resultados.
  1. En este sentido, los ingresos del personal incluirán dos componentes: salario base y salario variable. El salario base estará sujeto al cumplimiento de la jornada de trabajo y bajo esta denominación se sumarán el actualmente denominado salario base y el sobresueldo actualmente denominado “incentivo por desempeño” establecido en el año 2005 en el marco del acuerdo con el Fondo Monetario Internacional.
  1. Por otro lado, al salario del personal médico que labora en los establecimientos de salud del sistema público prestando servicios asistenciales como médico y que cumpla la jornada establecida, tanto a los que tienen uno como dos nombramientos, se le realizará un aumento del salario base de 25%, en cada sueldo, a ser aplicado en el 2017 en dos partidas: 10% en enero y 15% en agosto de dicho año.
  1. A los médicos en labores asistenciales, tanto del Servicio Nacional de Salud como del Instituto Dominicano de Seguros Sociales se les realizará el aumento correspondiente hasta llevarlos a los niveles salariales promedio en el Servicio Nacional de Salud resultante en el aumento del 25% (aumento de 10% en enero y 15% en agosto), tal como se establece en el artículo anterior.
  1. En lo relativo al componente variable de los ingresos, se acordaron los incentivos vinculados al puesto, incentivos vinculados a la persona e incentivos vinculados al buen desempeño. Al personal de los gremios aquí firmantes se les aplicarán los siguientes incentivos en el transcurso de 2017 y 2018:
  • Incentivo a los médicos que laboren en los servicios de primer nivel de atención: 10% del salario base (segundo semestre 2017).
  • Incentivo al personal asistencial por certificación y re certificación profesional (incentivo a la persona): 15% del salario base. (2018)
  • Incentivo al personal asistencial por buen desempeño (incentivo vinculado a cumplimiento): hasta 15% del salario base. (2018)
  • Incentivo al personal asistencial por ubicación geográfica (incentivo al puesto): 20% del salario base para establecimientos ubicados en provincias fronterizas, 10% del salario base para establecimientos ubicados en zonas alejadas no fronterizas o centros con alta brecha de personal.(2017)
  • Incentivo por antigüedad (incentivo a la persona): según se aplica actualmente en el Servicio Nacional de Salud.
  • Incentivo por docencia (incentivo al puesto): según se aplica actualmente en el Servicio Nacional de Salud.
  1. Posterior al 2018, los salarios, incentivos y bonificaciones premiarán los méritos y el buen desempeño, sobre todo usando las evaluaciones por desempeño personal y de los establecimientos, y financiados por la facturación de los centros de salud a las ARS. Dichas bonificaciones, financiados por la facturación e indicadores a las ARS. Los reglamentos de los incentivos contemplarán criterios justos y equitativos para el pago al personal asistencial.

Para tales fines, el Ministerio de Salud Pública, el Servicio Nacional de Salud y el SENASA elaborarán las normativas, en el primer cuatrimestre del 2017, y darán participación a los distintos colegios, gremios y asociaciones que agrupan a los empleados del sector salud, a los fines de que propendan a las mejoras en calidad y acceso a la prestación del sector salud, al igual que mejora en las condiciones de vida de dichos empleados.

 

  1. Se acuerda la entrega de un aporte de 20 millones de pesos para fortalecer la ARS del Colegio Médico Dominicano, el cual será efectuado en febrero de 2017.
  1. Sobre designaciones de personal para los servicios de salud.

 El Gobierno Nacional se compromete a realizar la selección y contrataciones de nuevos directores de centros de salud y personal asistencial fundamentalmente mediante concurso público, de acuerdo con las leyes y reglamentos vigentes, salvo en casos de emergencia.

  1. Las nuevas designaciones de personal se realizarán progresivamente en función de requerimientos de personal del sistema, tanto por zona geográfica como por perfil del personal, siempre en función de necesidades de los centros de salud.
  1. Declaración sobre la Estrategia Atención Primaria de la
  1. Los gremios y asociaciones representantes de los trabajadores de la salud, y la representación gubernamental, hemos acordado declarar como positivo, necesario y prioritario el desarrollo de la Atención Primaria como estrategia de desarrollo del Sistema Público de Salud, en beneficio de la protección del derecho a la salud de la población y la mejor satisfacción de sus necesidades y problemas de salud.
  2. Respaldamos el desarrollo del primer nivel de atención como puerta de entrada a la Red de Servicios Públicos de Salud, y que el Plan Básico de Salud (PDSS) del Seguro Familiar de Salud, en sus diferentes Regímenes de financiamiento,  incluya adecuada cobertura financiera e incentivos para las atenciones de Primer Nivel.
  1. Sobre la inversión y gasto público en salud.

 Todos los participantes en el diálogo coincidimos en la importancia y necesidad de elevar progresivamente las asignaciones de recursos para el desarrollo del Sistema Nacional de Salud, así como para las funciones de Rectoría y de Salud Colectiva del Ministerio de Salud Pública, en el marco de las disponibilidades presupuestarias y del desarrollo del Seguro Familiar de Salud.

  1. En este sentido, los participantes coincidimos que la propuesta de los gremios de salud de la asignación del 5% del PIB, debe ser realizada en las discusiones del Pacto Fiscal contemplado en la Ley de la Estrategia Nacional de Desarrollo, pues es una discusión que debe efectuarse con los demás sectores de la vida nacional, teniendo en cuenta tanto las posibilidades de aumento en los ingresos fiscales como las demás necesidades de la Nación para el desarrollo social y económico.
  2. Igualmente, reconocemos la prerrogativa de los hospitales y establecimientos de primer nivel, del Servicio Nacional de Salud, de contratar y facturar a las ARS (tanto privadas como de autogestión y SENASA) y la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) los servicios prestados a sus respectivos afiliados. Para tal fin, deben esforzarse en el mejoramiento y actualización de la infraestructura y equipamiento, así como de sus capacidades de gestión financiera y facturación, y los estímulos y regulaciones para propiciar que dichas aseguradoras contraten dichos servicios y establecimientos.
  1. Sobre el cumplimiento
  1. Se reconoce que el Servicio Nacional de Salud, en su interés por desarrollar un sistema de prestadoras de servicios de salud de calidad, accesibilidad y eficiencia para la población dominicana, utilizará los mecanismos tecnológicos, institucionales y organizacionales necesarios, para monitorear el cumplimiento de los deberes y derechos de los servidores públicos según lo establecido, que posibilite aplicar los incentivos al buen desempeño y  un régimen de consecuencias cuando ocurran incumplimientos, garantizando la adecuada elaboración y documentación de los expedientes.

 

  1. Los firmantes nos comprometemos a evitar medidas de presión y promover activamente la paz laboral en los distintos establecimientos, regiones y en el país y dirimir por vía del diálogo y la concertación cualquier diferencia, fomentando con estas medidas el respeto a los derechos de la ciudadanía y las operaciones regulares de los servicios.

El presente acuerdo ha sido establecido y firmado a los 12 días del mes de octubre del año 2016, en el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional de la República Dominicana.

 

Conformes firman:

1.- Por la representación gubernamental:

 

 

 

 

Dra. Altagracia Guzmán Marcelino                Dr. Nelson Rodríguez Monegro

Ministra de Salud Pública y                           Director Servicio Nacional de Salud

Asistencia Social

 

 

 

 

Dr. César Mella

Director Instituto Dominicano de

Seguros Sociales                      

 


 

2.-  Por los profesionales y trabajadores de la salud

 

 

 

 

Dr. Waldo Ariel Suero                                         Dr. Carlos Francisco Roa Alvarez

Presidente Colegio Médico                             Presidente de la Agrupación

Dominicano                                                                      Médica del IDSS   

 

 

3.-  Por el mediador y los testigos

 

Rvdo. Jesús Castro

Rector Universidad Católica Santo Domingo, UCSD

Mediador

 

 Dr. Julio Castaño Guzmán                                  Dr. José Joaquín Puello

Testigo                                                                   Testigo

 

  Dr. Amauris García

Testigo        

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